Editorial

Delitos económicos y veto presidencial

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El Congreso aprobó hace algunas semanas un proyecto de ley que constituye una de las más extensas y profundas reformas al Código Penal en materia de delitos económicos, tributarios y ambientales. En su núcleo, este proyecto, junto con sistematizar estos delitos, creó un régimen especial de determinación de sanciones penales.

El objetivo, desde el inicio, habría sido revertir la percepción de impunidad existente frente a los llamados delitos de “cuello y corbata”, buscando asegurar penas efectivas de cárcel cuando éstos calificaran como económicos y, especialmente, cuando fueran cometidos en el ejercicio de un cargo ejecutivo o directivo o generasen beneficios para una empresa.

Había expectartiva de que el veto del Presidente permitiera corregir elementos gravosos del proyecto, no sólo aspectos de forma.

Entre las innovaciones del proyecto destaca la creación de un importante catálogo de delitos ambientales, que no necesariamente conversan con la regulación vigente (como es el caso del fraccionamiento de proyectos), y otros donde resulta poco clara la distinción entre acciones negligentes de aquellas derechamente maliciosas. Por su parte, el proyecto amplía de manera importante los delitos atribuibles a la responsabilidad penal de las personas jurídicas, siendo nuevamente preocupante la falta de precisión en la definición de los delitos.

Durante la tramitación, como también al momento de la aprobación de la ley, surgieron voces advirtiendo los riesgos de la misma, tanto porque no se respeta la igualdad ante la ley -existe en ella un fuerte sesgo anti empresarial-, como porque no vincula debidamente la pena a la gravedad de la conducta. Es por ello que había cierta expectativa respecto del veto que presentaría el Presidente Boric, en el entendido que podrían corregirse aspectos negativos de la reforma.

Los seis puntos que incluyó el veto, sin embargo, se acotaron a temas de forma, es decir, cuestiones menores que no alteran en absoluto el fondo del proyecto. Si bien es atendible que se subsanaran algunos defectos para evitar problemas futuros de aplicación de la ley, había una comprensible esperanza de que el veto permitiera corregir elementos altamente gravosos del proyecto, en respuesta a las múltiples preocupaciones y cuestionamientos por parte de diversos expertos. No fue así.

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